El presidente de la República, Iván Duque, anunció sobre el mediodía de este domingo la extensión de medidas restrictivas para contener el aumento de contagios de Covid en el país. Alerta por alta ocupación de UCI en varias ciudades Se trata de pico y cédula y restricciones a la movilidad nocturna de acuerdo con niveles de ocupación de camas UCI en los territorios, disposiciones que entrarán en vigor desde las cero horas de este lunes 5 de abril e irán hasta el próximo lunes 19 de abril. En la tarde del sábado, ciudades principales como Barranquilla y Medellín ya habían decidido extender las restricciones que se venían implementando desde Semana Santa. Barranquilla amplía restricciones por Covid hasta el 12 de abril La Gobernación de Antioquia también reforzó los cuidados, implementando nuevas medidas para evitar que el ritmo de contagios por Covid-19 en el departamento siga en aumento. Extienden toque de queda y ley seca por aumento de casos en Antioquia
Así se aplicarán las medidas
- Ciudades con ocupación de camas UCI entre 50% y 69%: pico y cédula y restricciones de movilidad nocturna entre la medianoche y las 5 a.m.
- Ciudades con ocupación de camas UCI entre 70% y 79%: pico y cédula y restricciones de movilidad nocturna entre las 10 p.m. y las 5 a.m.
- Ciudades con ocupación de camas UCI entre 80% y 85%: pico y cédula y restricciones de movilidad nocturna entre las 8 p.m. y las 5 a.m.
- Ciudades con ocupación de camas UCI superior al 85%: pico y cédula y restricciones de movilidad nocturna entre las 6 p.m. y las 5 a.m.
- Los hoteles, los establecimientos de la industria gastronómica y los parques no serán incluidos en los casos de pico y cédula.
- Igualmente, se permite en todo momento el tránsito de personas y vehículos que, para su retorno, se movilice en las fechas señaladas.
- Se permite el servicio domiciliario y el ejercicio de las actividades señaladas en el decreto 1076 de 2020.
- No se prohíbe el acceso presencial para la adquisición de bienes de primera necesidad durante las restricciones de movilidad.
- No queda prohibido el expendio de bebidas embriagantes ni el consumo en restaurantes, como tampoco la venta a través de plataformas digitales.