Por primera vez, la JEP le otorga el beneficio de sustitución de la medida de aseguramiento de privación de la libertad a un militar por su aporte temprano a la verdad y su aceptación de responsabilidad en los hechos por los cuales pidió su sometimiento ante la Jurisdicción, pese a no haber cumplido cinco años de reclusión. La decisión la adoptó la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP (SDSJ) en el caso del capitán retirado del Ejército Juan Carlos Dueñas Mejía, quien está siendo procesado por la justicia ordinaria por homicidio en persona protegida, desaparición forzada y concierto para delinquir agravado.
Conmoción por muerte de una joven en un glamping en Cundinamarca
Esta determinación se adoptó luego de que la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (SRVR) emitiera un concepto favorable con base en la versión voluntaria rendida por el compareciente en el trámite del macrocaso 02, que prioriza la situación territorial de Ricaurte, Tumaco y Barbacoas, en Nariño.El 26 de abril se realizará el debate de moción de censura contra el ministro de Defensa
Dice la JEP que este tipo de decisiones busca alentar a los comparecientes para que, desde instancias tempranas, suministren verdad plena sobre los hechos relacionados con el conflicto armado en favor de las víctimas y la sociedad, a cambio de beneficios que les garantiza el ejercicio de su libertad. El caso 02 prioriza la grave situación de violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al DIH que afectan principalmente a pueblos indígenas, comunidades negras, afrocolombianos, campesinos, mujeres y personas LGBTI de los municipios de Tumaco, Ricaurte y Barbacoas en el departamento de Nariño.