Corte Suprema niega libertad al exsenador del Centro Democrático, Ciro Ramírez

Corte Suprema niega libertad al exsenador del Centro Democrático, Ciro Ramírez

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La decisión se enmarca en el caso de corrupción 'Las marionetas', que involucra al fallecido exsenador Mario Castaño y la asignación de millonarios contratos públicos para intereses particulares.

La Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia ha rechazado la solicitud de libertad por vencimiento de términos presentada por el exsenador del Centro Democrático, Ciro Ramírez, quien se encuentra detenido desde el 15 de diciembre de 2023. 

Ramírez enfrenta acusaciones de corrupción, incluidas los delitos de concierto para delinquir agravado, cohecho propio e interés indebido en la celebración de contratos.

La acusación en contra de Ramírez se dio a conocer el 11 de abril de este año, en el marco del caso de corrupción conocido como 'Las marionetas', en el que también está implicado el fallecido exsenador liberal Mario Castaño. Este entramado está relacionado con la dirección de millonarios contratos públicos que beneficiaron intereses particulares.

Según la acusación de la Corte, en octubre de 2021, Ramírez pactó con Pierre García, exsubdirector del Departamento de Prosperidad Social, y con Pablo César Correa, gerente de la Empresa para el Desarrollo Territorial "Proyecta", la firma de un convenio millonario por $48.660 millones. 

Este convenio tenía como objetivo "favorecer los intereses electorales y económicos" de Ramírez en los departamentos de Quindío, Caldas, Tolima y Santander.

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La solicitud de libertad

El exsenador argumentó que, de acuerdo con el artículo 365 de la Ley 600 de 2000, debía ser liberado debido a que no se había celebrado la audiencia pública y habían transcurrido más de seis meses desde su acusación. 

Sin embargo, la Corte destacó que este mismo artículo establece que la libertad no procede si la demora en la audiencia es atribuible al procesado o su defensor.

Ramírez, que lleva detenido desde diciembre y fue acusado en abril, indicó que la audiencia de juzgamiento solo se inició el 27 de septiembre. 

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No obstante, la Corte aplicó el artículo transitorio 15 de la Ley 600, que establece que, para delitos como el concierto para delinquir, los términos de libertad provisional se duplican.


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