En las últimas horas, se conoció que José Mendoza y Ana Niño fueron reconocidos por la Corte Constitucional como víctimas de desplazamiento forzado interno por factores ambientales. Esto significa que, por primera vez, el alto tribunal hace un pronunciamiento frente a ese tipo de desplazamiento, ya que las razones son diferentes a las del conflicto armado. La pareja de campesinos había ahorrado para conseguir un lote en Saravena, Arauca, pero lo que nunca imaginaron es que sus nombres quedarían para la historia en la Corte Constitucional, que por primera vez reconoció el desplazamiento forzado en Colombia producto del cambio climático.
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"Recogen sus ahorros y compran un lote en uno de los brazos del rio Bojabá, en el municipio de Saravena, en la vereda Campo Oscuro. En el 2015 comienza toda una historia de inundaciones, de vivir y padecer lo que es el aceleramiento de la variabilidad climática, lo que afectó su calidad de vida y sus derechos", expresó Mauricio Madrigal, uno de los profesionales que evaluó el caso y ayudó a la Corte a tomar la decisión. Por medio de una tutela, la pareja de 63 y 66 años solicitó ser reconocida como víctima de desplazamiento forzado por las diversas inundaciones del río Bojabá, en Arauca, ya que ello les ha impedido retornar a su hogar. En principio acudieron a la Unidad para la Atención y Reparación Integral para las Víctimas (UARIV), en busca de recibir los mismos beneficios que se otorgan a otros desplazados en el marco de la Ley de Víctimas (Ley 1448 de 2011). Sin embargo, la entidad rechazó la solicitud por no cumplir con los requisitos que se exigen para la demostración de ser víctima del conflicto armado.También puedes leer: Mascotas no son bienes embargables: petición de Procuraduría a Corte Constitucional
"En 2019 interponen una denuncia, una acción de tutela que, en primera y segunda instancia, es negada por las autoridades judiciales y llega a la Corte Constitucional", aseguró el abogado Madrigal. Por su parte, la Corte estudió la tutela de la pareja, en la que manifestaron que por esa circunstancia no habían podido retornar y vivir en su predio, del que consiguen su sustento, y que las acciones de prevención y atención ejecutadas por las autoridades para garantizar sus derechos han sido mínimas e insuficientes. Para que el alto tribunal reconociera este tipo de desplazamiento forzado por cambio climático, un grupo de expertos, incluido el abogado Madrigal, ayudó a que el alto tribunal entendiera que Colombia debe prestar mayor atención a las víctimas del cambio climático. "Tiene 13 órdenes esta sentencia, que parte de un punto central y es reconocer", afirmó el profesor Mauricio Madrigal. "Se le vulneraron los derechos a esta pareja de adultos mayores y después tiene dos grandes órdenes muy importantes: la primera dice a las entidades asociadas a la gestión del riesgo y ambientales integren el enfoque de derechos humanos y la otra es que expirase la normatividad suficiente, efectiva y adecuada para atender esta problemática de desplazamiento forzado por cambio climático", añadió. Así las cosas, el alto tribunal hizo el reconocimiento a la pareja de campesinos como víctimas de desplazamiento forzado a causa del cambio climático, lo que les ampara los derechos a vivienda digna, trabajo, mínimo vital, seguridad alimentaria y seguridad personal.?⚖️La Corte Constitucional reconoció en Colombia el desplazamiento forzado por el cambio climático, #RTVCNoticias contactó a uno de los abogados ambientales que hizo parte de un grupo de expertos en diversas ramas y que ayudó a que el alto tribunal tomara esta decisión. pic.twitter.com/95yuJNdd4g
— RTVC Noticias (@RTVCnoticias) April 24, 2024