Corte Constitucional prohíbe la mutilación estética en animales

Corte Constitucional prohíbe la mutilación estética en animales en Colombia

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La Corte Constitucional prohíbe la mutilación estética en animales, declarando inconstitucional alterar su apariencia sin justificación médica o científica.

En un fallo histórico, la Corte Constitucional de Colombia declaró inconstitucional la mutilación estética en animales, prohibiendo procedimientos que alteren su apariencia sin razones científicas o médicas. Esta decisión elimina la palabra “estética” del literal c del artículo 6 de la Ley 84 de 1989, que hasta ahora permitía intervenciones que respondían únicamente a razones de belleza.

El fallo, contenido en la Sentencia C-468/2024, señala que la norma actual entra en conflicto con el mandato constitucional de proteger a los animales, considerados seres sintientes. De esta forma, se busca evitar procedimientos dolorosos y sin justificación de bienestar animal, tales como la amputación de colas, el corte de orejas y la desungulación en felinos. Según los demandantes, estos procedimientos afectan el comportamiento y la socialización de los animales, ya que limitan sus capacidades naturales y pueden inducir estrés y dolor innecesario.

No afectará corte de uñas y pelo

La Corte destacó que el respeto a los animales está respaldado por el marco ecológico y ético de la Constitución, en el cual se reconoce la dignidad y el bienestar de los animales. Asimismo, señaló que el deber de proteger a los animales se deriva de la función ecológica de la propiedad y de los derechos humanos. La eliminación de la mutilación estética representa un avance en el reconocimiento de los derechos de los animales y en el desarrollo de políticas de bienestar animal en el país.

Sin embargo, el fallo aclara que la decisión no afecta prácticas como el corte regular de uñas o el mantenimiento del pelaje en algunas especies, siempre que no impliquen dolor o afectación de tejidos vivos. Estas prácticas se consideran necesarias para el cuidado general y la salud de los animales, diferenciándose de las intervenciones invasivas que tenían como fin exclusivamente la apariencia.

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Preocupación entre criadores

Esta decisión ha sido bien recibida por activistas y organizaciones de protección animal, quienes consideran que representa un avance en la lucha contra el maltrato animal. En contraste, algunos sectores involucrados en prácticas de crianza o exhibición de animales han expresado su preocupación por las limitaciones que esta medida podría imponer en sus actividades.

Con este fallo, Colombia se une a la tendencia global de proteger a los animales frente a intervenciones estéticas innecesarias, priorizando su bienestar y respeto como seres sintientes en la sociedad.

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