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¿La Corte Penal Internacional puede arrestar a Benjamín Netanyahu?

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Mauricio Jaramillo, Doctor en Ciencia Política, analizó la decisión de la CPI de emitir una orden de arresto contra el primer ministro israelí, por presuntos crímenes de guerra y de lesa humanidad.

(Lunes 20 de mayo de 2024). Este lunes, el fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI), Karim Khan, dio a conocer que se emitirían órdenes de arresto contra el primer ministro israelí, Benjamin Netanyahu, y su ministro de Defensa, Yoav Gallant, al igual que contra dirigentes del movimiento palestino Hamás como Yahya Sinwar, Ismail Haniye y Mohamed Diab al Masri, por presuntos crímenes de guerra y de lesa humanidad, debido a la guerra que se vive en la Franja de Gaza desde el 8 de octubre de 2023, un día después del primer bombardeo. Ahora bien, tras el anuncio han surgido dudas sobre si la CPI tendría o no la competencia para arrestar a ciudadanos israelíes y palestinos. Teniendo en cuenta esto, Mauricio Jaramillo Jassir, Doctor en Ciencia Política, Máster en Geopolítica y en Relaciones Internacionales, profesor e investigador en la Universidad del Rosario, analizó la decisión de la Corte y resolvió algunas preguntas al respecto, en el programa El Calentado, que se transmite por Señal Colombia.

¿La CPI tiene el poder para llevar a cabo los arrestos?

"No, de la misma manera que la Corte no pudo arrestar nunca a Vladimir Putin ni a Muamar el Gadafi. La Corte lo que hace es, claro, puede emitir orden de arresto pero no tiene la capacidad. Aquí hay un disfuncionamiento del sistema internacional; le correspondería al Consejo de Seguridad hacer algo para que esas ordenes de arresto se puedan cumplir, pero no tienen manera de hacerlo", aseguró Jaramillo. La CPI tiene jurisdicción sobre crímenes de guerra, lesa humanidad, genocidio y agresión. De igual forma, es complementaria a las jurisdicciones penales nacionales, lo que significa que los Estados tienen la competencia y autoridad primarias para investigar y enjuiciar delitos internacionales. No obstante, de acuerdo con el principio de complementariedad, la CPI puede ejercer jurisdicción cuando los sistemas legales nacionales no lo hacen, es decir, cuando se demuestra que no están dispuestos o no pueden llevar a cabo realmente los procedimientos. "Para aclararle a la gente, la Corte sí tiene jurisdicción y actúa de manera subsidiaria ¿qué quiere decir esto?, la corte no remplaza a la Corte Suprema Israelí, lo que dice la corte es lo siguiente y por eso fue creada en el 98: cuando una corte o el sistema judicial de un país no pueda, no quiera o no tenga la capacidad para investigar y juzgar crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra, tortura, genocidio, pues lo que hace la corte es de manera subsidiaria, de manera complementaria, entrar a juzgar", explicó el experto. "¿En Palestina hay tribunales? no, en Palestina no podrían ser juzgados ni Sinwar, ni Deif, ni Ismail Haniya, entonces la Corte entra de manera subsidiaria, porque además Palestina es un Estado observador. El mismo caso en Israel ¿las cortes israelíes van a juzgar a Benjamin Netanyahu? evidentemente no, no han juzgado los crímenes de guerra que ha cometido Israel de manera histórica. Entonces lo que dice la Corte es: como la justicia israelí no va a funcionar nosotros sí, de eso se trata la jurisdicción universal y el carácter subsidiario de la CPI", añadió Jaramillo. Cabe resaltar que Israel no se encuentra entre los 124 países miembros de la Corte, ya que no reconoce la investigación sobre la situación en los territorios palestinos ocupados.

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