La Corte Internacional de Justicia tomará este jueves 13 de julio una importante decisión sobre la disputa marítima entre Colombia y Nicaragua.
Este jueves 13 de julio, la Corte Internacional de Justicia en La Haya, Países Bajos, hará lectura del fallo en el que Nicaragua reclama la existencia de una supuesta plataforma continental que se extendería más allá de las 200 millas marinas. Colombia sostiene que dicha delimitación no es procedente.
Sin embargo, esta no es la primera vez que Nicaragua demanda a Colombia. De hecho, esta es la tercera ocasión en la que se presentan disputas entre ambos países. La primera demanda tuvo lugar en 2001 y concluyó en 2012. Es conocida como la 'Controversia Territorial y Marítima'.
Posteriormente, se llevaron a cabo otros dos procesos, uno de los cuales sigue en curso y el otro ya ha concluido. Este último proceso se refiere a las supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos en el Mar Caribe.
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¿Cuál es la disputa entre Colombia y Nicaragua?
Durante más de 10 años,
Colombia ha presentado argumentos basados en fundamentos jurídicos, científicos e institucionales, los cuales finalmente fueron escuchados por la Corte después de que se convocaran audiencias públicas orales el 4 de octubre de 2022. A pesar de contar con un tiempo récord de tres meses para prepararse,
el equipo de defensa de Colombia presentó sus respuestas a las preguntas planteadas.
El fallo del 13 de julio es esperado con gran anticipación, ya que se trata de un
evento histórico e inapelable. Sin embargo, es importante destacar que
este fallo podría no poner fin al proceso en su totalidad.
En términos generales,
la Corte Internacional de Justicia se pronunciará únicamente sobre las razones jurídicas que sustentan la reclamación de Nicaragua, dejando de lado los argumentos científicos e institucionales presentados por Colombia. Por lo tanto, es posible que, a pesar del fallo,
se convoquen nuevas audiencias para tratar estos otros aspectos.
Este ha sido un proceso particular, ya que
Nicaragua se basa en el artículo 76 de la Convención del Mar, el cual define las plataformas continentales. Sin embargo, es importante mencionar que Colombia no forma parte de dicho tratado. En consecuencia,
cualquier decisión tomada por la Corte se basará en el Derecho Internacional consuetudinario, es decir, en las normas que no están escritas pero que se derivan de las prácticas aceptadas por los Estados como derecho.
Se ha hablado mucho sobre este caso y existe un temor perceptible, ya que
algunos creen que Colombia podría perder parte de su mar. Sin embargo, antes de llegar a conclusiones, es necesario hacer algunas precisiones.
El mar territorial se extiende únicamente hasta 12 millas náuticas, seguido por la Zona Contigua, que abarca otras 12 millas. Finalmente, se encuentra la Zona Económica Exclusiva, en la cual el Estado Costero tiene soberanía para la explotación de recursos naturales y la realización de investigaciones científicas.
La plataforma continental extendida se refiere a la prolongación natural del continente bajo el mar, que se extiende más allá de las 200 millas marinas contadas desde las líneas de base utilizadas para medir el mar territorial. Estos límites precisos están establecidos por la
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, según explica la Cancillería.
El temor, por lo tanto,
podría relacionarse con la posibilidad de que haya superposición entre las jurisdicciones de ambos Estados en esta plataforma continental extendida.
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