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Por primera vez en Colombia, Tribunal reconoció a un perro como miembro de una familia

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Prohición y restricciones en un conjunto residencial afecta el bienestar de las mascotas.

En una decisión sin precedentes en Colombia, el tribunal expuso el concepto de familia multiespecie y lo aplicó a un caso particular que llegó a su Sala Mixta para que finalmente un perro se convierta en miembro oficial de una familia. En Colombia, por ejemplo, mediante la Ley 1774 de 2016, el Estado establece que los animales vertebrados como seres sintientes no son cosas. Por lo tanto, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos.

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La historia de un perro que marca un antes y un después

Los propietarios del conjunto residencial Rosal Reservado, ubicado en los cerros orientales de la ciudad de Bogotá, manifiestan su inconformidad ante la administración del condominio, debido a que impiden a los residentes que puedan transitar hacia el parque público y pasear a las mascotas  o animales domésticos. Foto: Pixabay El parque se encuentra a un costado del conjunto residencial Rosal Reservado; una de las entradas del parque conecta justamente con el interior del conjunto, facilitando el acceso directo a los propietarios y uso recreativo de ese espacio. Sin embargo, la junta directiva prohíbe a los residentes ingresar de esta manera junto a sus perros o gatos y los obligan a salir del conjunto y caminar aproximadamente 500 metros para acceder por una entrada secundaria que se encuentra a un costado de la carrera 1. Esto afecta de manera directa la integridad y seguridad de los residentes de Rosal Reservado, ya que se han presentado hechos de inseguridad en los alrededores del sector. Foto: Pixabay Según la Ley 2054 de 2020 establece que “no podrá prohibirse el tránsito y permanencia de mascotas en zonas comunes de conjuntos residenciales”. Entonces, aquellos conjuntos que tienen restricciones para la circulación de mascotas por las áreas comunes, deben actualizar su manual de convivencia.

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Además, la tenencia de mascotas en propiedad horizontal es una práctica legal y que no debe llevar a prohibiciones o restricciones por parte de los consejos de administración o alguna otra entidad que cobije el reglamento de cualquier conjunto residencial. Ante esto, la ley 2054 de 2020 en su artículo 10 expone que: “No podrán prohibirse el tránsito y permanencia de animales domésticos o mascotas en las zonas comunes de propiedades horizontales o conjuntos residenciales". Foto: Colprensa. Además, aquellos conjuntos que tienen restricciones deben actualizar el manual de convivencia ajustándose a esta ley, ya que ningún manual de convivencia que es de carácter particular puede estar por encima de la ley, que es de carácter general y rige para todos los residentes en Colombia, sin que en ella se excluya los conjuntos residenciales.