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Piden anular fallo que despenalizó el aborto en Colombia

Foto: Fotos: Colprensa
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Se trata de una solicitud presentada ante la Corte Constitucional por un colectivo de personas.

Un colectivo de personas pidió a la Corte Constitucional declarar la nulidad de su sentencia C-055 de 2022, en la que falló a favor de la despenalización del aborto hasta la semana 24. De acuerdo con estas 20 personas, la Corte Constitucional debió haber declarado que sobre este tema existía cosa juzgada constitucional, teniendo en cuenta que en la sentencia C-355 de 2016, ya se había despenalizado el aborto, pero solo en tres circunstancias especiales: malformación del feto, riesgo de la vida de la madre y violación.

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Para ellos, no existían elementos nuevos para el estudio del tema, por lo que una nueva valoración viola el principio de cosa juzgada constitucional. Foto: Colprensa El pronunciamiento se produce en respaldo a una solicitud presentada en ese mismo sentido por Ana María Idárraga Martínez, Juana Inés Acosta López y Fabio Enrique Pulido Ortiz, profesores de la Universidad de la Sabana.

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También coincide con lo que manifestaron los magistrados Jorge Enrique Ibáñez Najar, Gloria Stella Ortiz, Paola Andrea Meneses, y Cristina Pardo, quienes salvaron su voto, y se opusieron a la decisión de la mayoría en la sentencia mencionada. La Corte Constitucional deberá pronunciarse sobre esta solicitud en unas semanas.

La aclaración de Minjusticia por la despenalización del aborto

El Ministerio de Justicia, respecto a la solicitud de nulidad del fallo que despenalizó el aborto hasta la semana 24, aclaró que, en atención a sus funciones, su labor consistió en emitir un concepto jurídico y fue precisamente lo que hizo. La cartera judicial dejó claro que no lidera ninguna solicitud, pues simplemente está rindiendo un concepto y apoyando la iniciativa en cabeza de un grupo de ciudadanos, profesores de la Sabana, quienes son responsables por la acción de nulidad. “Dicha solicitud fue presentada por un grupo de ciudadanos, y la Corte requirió a este Ministerio para que rindiera concepto, este ministerio presentó dicho concepto ante la Corte en el mismo sentido, cuando fue presentada la demanda inicial en la que se pedía la despenalización del aborto, en ese concepto consideramos que existe cosa juzgada, en consecuencia, no es cierto que este ministerio sea el autor de la solicitud de nulidad del fallo”. El Ministerio concuerda en que existe cosa juzgada respecto de la sentencia C-355 de 2006, que había estudiado previamente el tema del aborto y estableció su procedencia en tres casos (malformación, peligro de la vida de la madre y violación), y enfatizó que no es el autor de la solicitud de nulidad del fallo de tutela que despenalizó el aborto en febrero de 2022 hasta la semana 24. Colprensa